El Bono Social Térmico

El Bono Social Térmico ha sido creado en el art. 5 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores con el fin de complementar la ayuda percibida en concepto de Bono Social Eléctrico por los consumidores vulnerables, para la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cual sea la fuente utilizada.

Antes del 15 de enero de cada año, los Comercializadores  deben remitir a la Dirección General de Política Energética  un listado de aquellos de sus clientes que sean beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, con el fin de determinar el importe de la ayuda del Bono Social Térmico y proceder a su pago


Este Bono Social Térmico se calcula en base a el grado de vulnerabilidad del consumidor La zona geográfica donde viva , o sea que según la zona sea mas fría o menos, la cantidad asignada sera mayor.

Beneficiarios del Bono Social Térmico

la cuantía de la ayuda depende de la localización y del grado de vulnerabilidad del cliente, y puede ir desde los 25€ hasta los 123,94€.

El Bono Térmico se cobra mediante una única transferencia bancaria el primer trimestre de cada año. Para poder recibir el pago del Bono Social Térmico es necesario ser beneficiario del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, por lo que es muy importante asegurarse de tener activado el bono social eléctrico en esa fecha y renovarlo cada dos años.

O SEA QUE TENER EN CUENTA QUE ESTA AYUDA NO SE TIENE QUE SOLICITAR, SOLO TENEMOS QUE SER BENEFICIARIOS DEL BONO SOCIAL ELÉCTRICO.

El Bono Térmico se abona en un único pago anual en la cuenta bancaria que el usuario tenga domiciliada para los recibos de luz. En el supuesto de no tener domiciliada la factura eléctrica, se le enviará una notificación solicitándole la cuenta bancaria donde quiere que le ingresen la ayuda, SI NO TIENES DOMICILIADO EL RECIBO DE LA LUZ en la misma notificación que recibas podrás facilitar el número de cuenta corriente donde desees recibir la ayuda, y enviarla a la Dirección General de Política Energética y Minas, Paseo de la Castellana, 160, Planta 6ª, 28071- Madrid.

A diferencia del Bono Social de luz, no es necesario solicitar el Bono Social Térmico, este es concedido de manera automática a los beneficiarios del Bono Social Eléctrico.

puedes tener más información llamando al 913 146 673, de 9 a 14 h, de lunes a viernes, o enviando un correo electrónico a ciudadano@idae.es

SI QUEREMOS SABER COMO PEDIR EL BONO SOCIAL ELECTRICO, PODEIS HACERLO A TRAVES DEL ENLACE 

https://victimadelparo.blogspot.com/2019/11/el-bono-social-electrico.html

 

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